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Taller de Criptografía - Manifiesto 12 de Octubre
o por qué la LSSI no es una buena idea

(Por: Taller de Criptografía)


La soberanía nacional reside en el pueblo español, del que emanan los poderes del Estado"
(Constitución Española, Artículo 1.2)


El día 12 de Octubre de 2.002, la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) entró en vigor, convirtiéndose en parte del ordenamiento jurídico español. La versión oficial del gobierno nos presenta una ley necesaria para el afianzamiento del comercio electrónico en España, creando seguridad y confianza, despejando incertidumbres y contribuyendo a crear un marco jurídico estable para la Sociedad de la Información; todo ello tras un proceso transparente y franco, regido por el diálogo y la voluntad de entendimiento.

Nada más lejos de la realidad. La LSSI fue gestada en sigilo, casi en silencio. Cuando se hizo público, la reacción del Ministerio de Ciencia y Tecnología fue dual. Por un lado, afirmaron una y otra vez que los críticos no tenían razón, que la ley crearía seguridad y confianza, y que se estaba consultando con diversos agentes sociales para mejorarla; por el otro, la maquinaria estatal llevaba adelante el proyecto de ley contra viento y marea, sin más diálogo que el llevado a cabo con una sola asociación y desoyendo completamente las peticiones del resto de la comunidad internauta. El resultado ha sido un texto legal que no contenta a nadie, recibe críticas de todos los sectores interesados y ciertamente no contribuye a crear ni seguridad ni confianza.

Un amplio sector de la sociedad no estamos de acuerdo con esta ley. Por ello, y con el fin de explicar nuestras razones fundamentales, exponemos nuestros argumentos:

  • La LSSI no es un mero mandato de Bruselas.

    La exposición de motivos de la LSSI comienza con "La presente Ley tiene como objeto la incorporación al ordenamiento jurídico español de la Directiva 2000/31/CE, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 8 de junio, relativa a determinados aspectos de los servicios de la sociedad de la información." Sin embargo, la LSSI siempre ha querido ir más allá. Incluye actividades no remumeradas en la categoría de servicios de la sociedad de la información, regula la responsabilidad por hipervínculos o instrumentos de búsqueda, y como ideas de última hora incorpora asuntos tan dispares como la obligación de retención de datos o las normas para asignación de dominios .es.

  • La LSSI abarca todas las actividades de Internet.

    A pesar del amplio abanico de términos englobado en el concepto de Servicio de la Sociedad de la Información (SSI), la LSSI se extiende aún más allá al asimilar como SSI los no remunerados "en la medida en que constituyan una actividad económica para el prestador de servicios" Un mero banner en una página personal la convierte en un SSI, lo que prácticamente obliga a su dueño a actuar como una empresa registrada. La Senadora Delgado ya lo advirtió: "el carácter gratuito de un servicio no determina por sí mismo que no esté sujeto a la ley" (Comisión del Senado sobre Sociedad de la Información, 4 Sept 2.001). La propia Ministra de Ciencia y Tecnología, Anna Birulés, lo dejó muy claro:

    "Reitero que no hay ni páginas web ni comunicaciones personales ni cualquier otro tipo de comunicación que, utilizando la red, no tenga efecto económico"
    (Comisión del Congreso sobre Ciencia y Tecnología, 26 Sept 2.001)

    En otras palabras, NADA deja de estar fuera del alcance en Internet, cualesquiera que sean sus finalidades o sus pretensiones.

  • La LSSI es todo palo y nada de zanahoria.

    Esta ley es muy clara acerca de los poderes otorgados al Estado para su cumplimiento. Las obligaciones de responsabilidad por parte de los prestadores de servicios, la cuantía y extensión de las sanciones, el alcance de las medidas cautelares y la extensión del término SSI a cualquier coas que se mueva por la red contrasta fuertemente con la falta de medidas de fomento al uso de la Red. Los usuarios no estarán protegidos en absoluto contra la gran mayoría de las amenazas: ancho de banda defectuoso, tarifa plana inexistente, indefensión ante las tácticas abusivas de las operadoras, spam masivo procedente de fuera de la UE, protección de la privacidad, implementación y uso de la criptografía, sólo por nombrar algunas. Se espera de sus internautas que se atengan a las consecuencias de sus actos, sin darles ningún tipo de protección mientras navegan.

  • La retención de datos que prepara la LSSI es abusiva.

    Las tesis sobre retención masiva de datos de tráfico, implantadas gradualmente en toda la UE, colocan al internauta en la posición de un sujeto en libertad vigilada. Todos sus actos en la Red son registrados, todos sus movimientos anotados. No es necesario acceder al contenido de los mensajes para obtener un perfil del sujeto, del mismo modo que los militares no necesitan leer las comunicaciones del enemigo para hacerse un cuadro completo de sus actos o intenciones. Y en su primera redacción, el gobierno pretendía autorizar la entrada en las bases de datos de tráficos a cualquier autoridad judicial o policial.

  • La LSSI no creará confianza y seguridad.

    Las empresas se preguntan cómo y de qué manera habrá de implantarse la LSSI. Apartados como la responsabilidad de los prestadores o la obligación de retención de datos hace que los operadores comerciales se sientan inseguros frente a la aplicación de una ley que ni siquiera cuenta con un reglamento de aplicación. Ante ese panorama, diversos operadores y usuarios optan por la autocensura, retirando voluntariamente contenidos ante el temor de que pudieran ser contrarios a la LSSI. Es decir, se tiende a un empobrecimiento cultural de la Red y a una inseguridad en el ciberespacio. Mientras tanto, Estados Unidos seguirá liderando el comercio electrónico mundial; como expresaron funcionarios de ese país a un parlamentario español, "ustedes [los europeos] hagan leyes, que mientras tanto nosotros nos quedaremos con el comercio."

  • La LSSI ha carecido de un debate..

    Con la excepción de la Asociación de Internautas, prácticamente ningún grupo, asociación, entidad o particular ha sido escuchado en el proceso de redacción de la ley. De hecho, la opinión mayoritaria ha sido en contra: solamente el foro del diario ABC registró un 96% de opiniones contarias a la ley; un foro similar en Terra recogió casi 200.000 mensajes, la mayoría en contra. Una lista de las asociaciones de internautas, operadores, prestadores de servicios, colegios profesionales, empresas diversas del sector y telecos que se han expresado en contra de la ley sería casi interminable. El Gobierno afirma que presta atención; que haga caso es otra cosa.

  • El debate parlamentario no ha sido tal.

    A despecho de las peticiones de devolución, enmiendas a la totalidad y redacciones alternativas, el Partido Popular, con mayoría en el Parlamento, ha tomado la gran mayoría de las sugerencias de otros partidos con indiferencia, cuando no con desdén. Esperó hasta el último minuto para introducir los artículos más polémicos, como la retención de datos o la asignación de dominios .es (que en primera instancia se redactó como una ley aparte). Para mayor insulto, la aprobación final de la ley tuvo lugar el 20 de Junio, en plena huelga general, cuando incluso parte de los parlamentarios estaban ausentes mientras ejercían sus derechos en la calle.

Estos son los principales puntos que, en nuestra opinión, hacen de la LSSI una ley inaceptable. Algunos juristas han llegado a afirmar que la ley viola descaradamente principios constitucionales como el del derecho a la intimidad, la no utilización abusiva de la informática, la presunción de inocencia, la libertad de expresión y prensa o las atribuciones del poder judicial. Aquí nos quedaremos con un artículo no citado antes, el 9.2, que dice así:

Corresponde a los poderes públicos promover las condiciones para que la libertad y la igualdad del individuo y de los grupos en que se integra sean reales y efectivas; remover los obstáculos que impidan o dificulten su plenitud y facilitar la participación de todos los ciudadanos en la vida política, económica, cultural y social

Estimamos que el gobierno, ha hecho dejadez de sus obligaciones para con el artículo 9.2 de la Constitución. La LSSI no promoverá una libertad efectiva de los individuos, opondrá nuevos obstáculos a los ciudadanos para participar en la vida social por medio de la Red.

Por eso, y por medio de este Manifiesto:

  • Rechazamos la Ley de Servicios de la Sociedad de la Información (LSSI) toda vez que, lejos de cumplir sus objetivos iniciales de promoción del comercio electrónico, ha declarado zona comercial a toda Internet, despojándola del carácter de servicio de comunicación global entre las gentes y convirtiendo la información en mercadería que debe llevar un precio, explícito o implícito.

  • Denunciamos la actuación del gobierno, y en particular del Ministerio de Ciencia y Tecnología, cuyos responsables se han embarcado en la elaboración de una ley que no satisface los anhelos de los internautas ni las necesidades de los comerciantes.

  • Expresamos nuestra intención de oponernos a la ya Ley de Servicios de la Sociedad de la Información con todos los medios legales disponibles.

  • Llamamos a todos los sectores interesados, tanto dentro como fuera de Internet, a sumarse a este manifiesto, y a declarar públicamente su oposición a la LSSI en la redacción actual.

Arturo Quirantes Sierra.
12 de Octubre de 2.002

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